PARTICIPACIÓN SOCIAL

Organización municipal de la participación

La Constitución señala que el Estado español se organiza territorialmente en comunidades autónomas, provincias y municipios. Entre ellas existe el denominado principio de subsidiariedad o proximidad, según el cual aquellos asuntos de los que se pueda hacer cargo la Administración más cercana no deberían remitirse a la más alejada. Los municipios se convierten en las entidades básicas de la organización territorial y los cauces inmediatos de participación ciudadana en los asuntos públicos.

Los municipios de Euskadi disponen de órganos complementarios de participación con organización propia. El Consejo de Participación Vecinal es el de mayor tradición en la comunidad.

Vitoria-Gasteiz ha creado estos consejos, que son un foro de canalización de iniciativas y demandas de los colectivos que representan, y se constituyen como cauce de comunicación e intercambio de información entre la institución municipal y las asociaciones y los colectivos ciudadanos.

Aunque no coincidan en el nombre, Bilbao también ha constituido el Reglamento de Ordenación de los Distritos y de la Participación Ciudadana (R.O.D.), y San Sebastián, su Participación por Barrios.

Además, cuentan con una página web con un espacio dedicado a mantener una relación y comunicación más directas con la ciudadanía, como tienen los municipios más importantes.

Esta voluntad de participación se refleja en la guía práctica para la implantación y desarrollo de la Agenda Local 21 en los municipios de Euskadi, y son los ayuntamientos los más competentes para llevarla a cabo.