El arbitraje de consumo
- TEST: ¿Verdadero o falso?
El arbitraje es un medio para solucionar los conflictos entre consumidores y fabricantes o suministradores de servicios. Consiste en acogerse a la decisión de un Colegio Arbitral para la resolución de una controversia relacionada con el consumo, y tiene la misma eficacia que una sentencia judicial.
Las características del arbitraje son la rapidez, la eficacia, la voluntariedad, la ejecutividad y la economía.
- Es rápido porque se tramita en un máximo de cuatro meses desde que es designado el Colegio Arbitral.
- Es eficaz porque los procesos se resuelven mediante un laudo sin necesidad de tener que recurrir a la vía judicial ordinaria, y no existe límite máximo o mínimo de la cuantía que se reclama.
- Es un procedimiento voluntario porque ambas partes se someten libremente al sistema y quedan vinculadas a las resoluciones.
- Se caracteriza por la ejecutividad, porque los laudos son de ejecución obligada, como si se tratara de una sentencia judicial.
- Las partes sólo tienen que pagar los peritajes en algunos supuestos.
El Sistema Arbitral de Consumo permite a las dos partes resolver las controversias sin gastos y sin necesidad de recurrir a los Tribunales de Justicia.
Límites del arbitraje
El arbitraje no puede aplicarse en las siguientes situaciones:
- Cuando existe una resolución judicial firme y definitiva.
- En aquellas cuestiones en las que las partes no tienen poder de disposición.
- Cuando concurra intoxicación, lesión, muerte o existan indicios racionales de delito.
- En los casos en los que según la legislación vigente deba intervenir el Ministerio Fiscal.
